El Gobierno implementó un mecanismo para renunciar a la devolución de retenciones a la soja

El ministerio de Agricultura publicó una Resolución por la cual otorga un plazo de dos días hábiles para que los productores renuncien a la devolución de retenciones a la soja y su correspondiente pago, que instrumentó el Gobierno días atrás en el marco del Programa de Compensación y Estímulo. El plazo para adherirse a este nuevo mecanismo vence este jueves.

Hay que recordar que a la devolución de retenciones de la oleaginosa accedieron todos aquellos pequeños y medianos productores de soja de hasta 400 hectáreas, que hayan vendido su producción entre el 1° de febrero y el 30 de septiembre de este año, con una facturación por debajo de los 20 millones de pesos en 2019 y se encuentren inscriptos en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA).

A todo esto, el ministerio que conduce Luis Basterra ya autorizó el inicio del pago del beneficio que alcanzaría a unos 38 mil productores, teniendo en cuenta la información que fue proporcionada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Además, el monto que recibirán los productores será depositado en dos cuotas iguales: la primera antes de que finalice noviembre y el resto en diciembre.

Una situación que derivó en un debate en el terreno de lo ético, ya que la dirigencia agropecuaria ha sido y continúa instalando en la opinión pública duras críticas al mecanismo que hoy lleva adelante la administración de Alberto Fernández, pero también sucedió lo mismo durante los gobiernos de Cristina Fernández de Kirchner.

La última Resolución oficial señala que “los productores que hubieran percibido el pago de las compensaciones podrán efectuar, antes del 31 de diciembre de 2020, la devolución de los fondos a través de la página eRecauda Sistema de Recaudación de la Administración Pública Nacional: erecauda.mecon.gov.ar, donde se generará el comprobante de pago”.

Además, desde la cartera agropecuaria aclararon: “En el mismo se deberá identificar como Entidad Receptora de los fondos el Código 999 (Tesorería General de la Nación), y como Entidad Ordenante el Código 363, correspondiente al Ministerio de Agricultura, concepto de pago deberá seleccionar ´Devoluciones´, sino hubieran podido efectuar el procedimiento indicado en el Artículo 1° de la presente medida”.

Explicaciones

A todo esto, Chemes sostuvo: “Desde CRA nos hemos manifestado en contra de este sistema de segmentación. Nos negamos a aceptarlo. El Gobierno lo decidió y lo ha aplicado en una situación que nos obliga a entrar en forma compulsiva, ya que no hay que llenar ningún formulario, sino que uno si está encuadrado inmediatamente ingresa al sistema. Es incómodo y a uno lo hace sentir mal, porque la situación es discriminatoria”.

Fuente: Infobae.