Las empresas agropecuarias deberán obtener una constancia para el tránsito interjurisdiccional

Se trata de una Declaración Jurada que da cuenta de la condición de productor agropecuario y que luego deberá ser enviada al Ministerio de Transporte.

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación emitirá una constancia para el transito interjurisdiccional de trabajadores relacionados a actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria, y de pesca, a través de un sistema de acceso online.

Con el fin de de dotar de seguridad a los pedidos de excepción, la emisión de dicho certificado solo se podrá realizar mediante el uso de la Clave Fiscal Nivel 2 provista por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), y con la específica indicación del registro cuya certificación se requiere.

Por su parte, los productores de la Agricultura Familiar, deberán dar constancia de su inscripción en el RENAF, tal como el sistema indica.

La constancia será condición necesaria para la tramitación de habilitación definitiva del traslado de las personas mencionadas por parte del Ministerio de Transporte de la Nación. Por eso, una vez descargada, debe ser adjuntada vía correo electrónico, a la casilla: ssta@transporte.gob.ar, junto con el resto de la documentación exigida por el Ministerio de Transporte, a fin de permitir el tránsito de los trabajadores solicitados.

La constancia emitida por el Ministerio de Agricultura será indispensable pero no suficiente para circular, ya que deberá también estar acompañada por las autorizaciones y documentación requerida por el Ministerio de Transporte de la Nación.

Fuente: Clarín Rural.