Se confirmó la prohibición de aplicar agroquímicos a menos de 1000 metros del casco urbano de un pueblo agrícola de Santa Fe

Hace casi tres años que se está debatiendo la prohibición de aplicación de agroquímicos a menos de los mil metros del casco urbano de Sastre, una pequeña localidad ubicada al oeste de Santa Fe.

La Corte Suprema de la provincia litoraleña decidió en estos días confirmar un fallo judicial de primera instancia de 2020, en la que el juez Hail de Rafaela dio lugar al reclamo colectivo luego de la denuncia de la familia Giraudo.

De esta forma, la máxima autoridad judicial santafesina dejó firme la prohibición de aplicar agroquímicos contando mil metros desde el plano urbano de dicha localidad.

De esta forma, los magistrados rechazaron el pedido que hicieron en conjunto la municipalidad de Sastre junto a vecinos y productores agropecuarios. La Municipalidad demandada interpuso recurso de inconstitucionalidad, por considerar la medida como “arbitrario y lesiva de sus derechos constitucionales”.

La corte santafesina anunció: “En la presente causa la Cámara resolvió confirmar la sentencia de primera instancia que, en lo que aquí resulta de interés, había hecho lugar a la acción de amparo colectivo ambiental, declarando la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 9 segundo punto de la ordenanza municipal número 1174, y estableciendo un perímetro de exclusión o reserva de 1000 metros a contar desde el límite de la planta urbana de la localidad de Sastre y Ortiz (Provincia de Santa Fe) dentro del cual quedan prohibidas las fumigaciones terrestres con todo tipo de agroquímicos”.

A pocos kilómetros de Sastre, en Rafaela, también tuvo lugar una sentencia parecida, pero esta vez prohibiendo las aplicaciones en los 200 metros lindantes al ejido urbano.

En ese caso, quedó prohibida la aplicación incluso con productos biológicos, echando por tierra la propuesta de los productores que proponían este tipo de insumos para aplicar en la zona periurbana.

El juez en lo civil y comercial Matías Colón dictó sentencia en este sentido, y la municipalidad de Rafaela no apeló, por lo tanto ya no queda lugar a la discusión.

Fuente: Bichos de campo.